A partir del 21° de octubre, los aranceles de matrículas y encomiendas serán los siguientes:
VALORES MATRÍCULAS Y OTROS CPII VIGENTES A PARTIR DEL 21 DE OCTUBRE DE 2024.
Todos los Títulos de Ingeniería
Ingenieros con más de 5 años de egresado o mayor a 32 años, lo primero. | $101.200.- |
Ingenieros con menos de 5 años de egresados hasta 32 años. | $50.600.- |
Ingenieros con doble colegiación. | $50.600.- |
Ingenieros con triple colegiación. | $34.000.- |
Ingenieros vitalicios | SIN CARGO |
Profesionales Universitarios
Profesionales Universitarios con más de 5 años de egresado o mayor a 32 años, lo primero. | $ 80.300.- |
Profesionales Universitarios con menos de 5 años de egresados hasta 32 años. | $40.200.- |
Profesionales Universitarios con doble colegiación. | $40.200.- |
Profesionales Universitarios con triple colegiación. | $27.100.- |
Profesionales Universitarios vitalicios | SIN CARGO |
Todos los Títulos de Tecnicatura
Técnicos con más de 5 años de egresado. | $42.000.- |
Técnicos con menos de 5 años de egresados. | $21.000.- |
Técnicos con doble colegiación. | $21.000.- |
Técnicos con triple colegiación. | $14.000.- |
Técnicos vitalicios | SIN CARGO |
Derecho de inscripción y reinscripción | SIN CARGO |
Encomiendas y otros servicios
Encomiendas y otros servicios Ingenieros y Licenciados. | $9.700.- |
Encomiendas y otros servicios Técnicos | $7.200.- |
En el caso de existir deuda por matrícula, se deja aclarado que la misma se irá actualizando en forma automática al valor vigente a la fecha en que la misma sea abonada.
Ante cualquier consulta o aclaración sobre los nuevos aranceles, no dude en contactarnos.
Consejo Profesional de Ingeniería Industrial
NOTAS
1. Todos los Profesionales y Técnicos que acrediten el pago de la matrícula al día en otras entidades de Colegiación Nacionales y/o Provinciales de Ley tendrán derecho a abonar el arancel reducido establecido en el acta 866/2016.
2. Profesionales Vitalicios con más de 35 años de antigüedad en el primer Título, sin cargo todas las Profesiones Acta CPII 866/2016.
3. Se abona un solo arancel por Persona Física, con independencia de la cantidad de Títulos registrados, conforme Resolución Acta CPII 869