A partir del 1° de enero, los aranceles de matrículas y encomiendas serán los siguientes:
VALORES MATRÍCULAS Y OTROS CPII VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2025.
Todos los Títulos de Ingeniería
| Ingenieros con más de 5 años de egresado o mayor a 32 años, lo primero. | $180.000.- |
| Ingenieros con menos de 5 años de egresados hasta 32 años. | $90.000.- |
| Ingenieros con doble colegiación. | $90.000.- |
| Ingenieros con triple colegiación. | $60.000.- |
| Ingenieros vitalicios | SIN CARGO |
Profesionales Universitarios (Excl. Ing. Industriales)
| Profesionales Universitarios con más de 5 años de egresado o mayor a 32 años (lo primero). | $ 135.000.- |
| Profesionales Universitarios con menos de 5 años de egresados hasta 32 años. | $70.000.- |
| Profesionales Universitarios con doble colegiación. | $70.000.- |
| Profesionales Universitarios con triple colegiación. | $45.000.- |
| Profesionales Universitarios vitalicios | SIN CARGO |
Todos los Títulos de Tecnicatura
| Técnicos con más de 5 años de egresado. | $90.000.- |
| Técnicos con menos de 5 años de egresados. | $45.000.- |
| Técnicos con doble colegiación. | $45.000.- |
| Técnicos con triple colegiación. | $30.000.- |
| Técnicos vitalicios | SIN CARGO |
| Derecho de inscripción y reinscripción | SIN CARGO |
Encomiendas y otros servicios
| Encomiendas y otros servicios Ingenieros y Licenciados. | $20.000.- |
| Encomiendas y otros servicios Técnicos | $15.000.- |
En el caso de existir deuda por matrícula, se deja aclarado que la misma se irá actualizando en forma automática al valor vigente a la fecha en que la misma sea abonada.
Ante cualquier consulta o aclaración sobre los nuevos aranceles, no dude en contactarnos.
Consejo Profesional de Ingeniería Industrial
NOTAS
1. Todos los Profesionales y Técnicos que acrediten el pago de la matrícula al día en otras entidades de Colegiación Nacionales y/o Provinciales de Ley tendrán derecho a abonar el arancel reducido establecido en el acta 866/2016.
2. Profesionales Vitalicios con más de 35 años de antigüedad en el primer Título, sin cargo todas las Profesiones Acta CPII 866/2016.
3. Se abona un solo arancel por Persona Física, con independencia de la cantidad de Títulos registrados, conforme Resolución Acta CPII 869